20 dic 2016 , 01:12

En vigencia la Ley de feriados que dispone 12 días de descanso

Reformas a Ley del Servicio Público y Código de Trabajo fue publicada en Registro Oficial.

Las reformas a la Ley del Servicio Público y al Código de Trabajo, más conocida como la ley de Feriados fueron publicadas el pasado 20 de diciembre de 2016 en el Registro Oficial

La ley incluye 12 días de descanso obligatorio, 11 naciones más 1 día de feriado local, por ejemplo las fiestas de fundación de Guayaquil (25 de julio) y de Quito (6 de diciembre).

Además, dispone que si el día de descanso obligatorio cae domingo pasará al lunes posterior y si cae sábado, al viernes anterior, no solo para los 11 días de descanso obligatorio nacionales sino también para los locales.

 

Si el día de descanso obligatorio cae martes, pasa al lunes anterior y si cae miércoles o jueves, al viernes de la misma semana. 

 

El primer traslado se aplicará para los feriados de Navidad y Fin de Año de 2016, al pasar el descanso del 25 al 26 de diciembre; y el del 1 al 2 de enero de 2017.

 

calendario feriado

 

 

El 1 de mayo, 2 y 3 de noviembre se podrán trasladar, mientras que los únicos días que no serán trasladados cuando caigan martes, miércoles o jueves serán el 1 de enero, 25 de diciembre y el martes de Carnaval. Todos los traslados se aplican de igual manera para feriados locales y nacionales.

 

 

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