¿Qué derechos se restringen con el nuevo estado de excepción en cinco provincias y tres cantones?
El presidente Daniel Noboa decretó un nuevo estado de excepción con duración de 60 días en las provincias de Guayas, Manabí, El Oro, Santa Elena y Los Ríos; y los cantones de La Maná (Cotopaxi), Las Naves y Echeandía (Bolívar), con motivo del incremento de la violencia por parte de grupos delictivos.
En el documento constan dos restricciones de derechos que están vigentes desde este 5 de noviembre: de inviolabilidad de domicilio y correspondencia. No hay limitaciones como toque de queda o libertad de reunión.
¿Qué implican estas dos restricciones?
Suspensión del derecho a la inviolabilidad de domicilio
Consistirá en la realización de inspecciones, allanamientos y las requisas correspondientes por parte de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, conducentes a la ubicación y registro de los lugares destinados a ocultarse las personas pertenecientes a los grupos armados organizados o de personas que estén realizando actividades vinculadas a la delincuencia organizada, así como la toma física de los materiales, o instrumentos para el cometimiento de todo tipo de delitos, como sustancias sujetas a fiscalización, con el fin de desarticular y neutralizar las amenazas en curso o futuras, y proceder con el debido proceso constitucional y legal.
Suspensión del derecho a la inviolabilidad de correspondencia
Pretende la identificación, análisis y recopilación de mensajes, comunicaciones, cartas y/o misivas físicas o electrónicas que tengan por objeto el ocultamiento de cualquier miembro de un grupo criminal u ocultamiento de alguna conducta ilícita que dan lugar a esta declaratoria.
Para este efecto se contará con la colaboración de las operadoras, instituciones y demás entidades relacionadas.
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