Sustitución de hipoteca en el BIESS: ¿Qué es y cómo solicitarla?

Algunas personas buscan mejores condiciones al obtener un préstamo hipotecario y, si no las encuentran inicialmente, pueden alcanzarlas mediante una sustitución de hipoteca al transferir la deuda a otra entidad financiera.
Imagen referencial. Préstamo hipotecario.()
10 abr 2024 , 09:30
Redacción

Una sustitución de hipoteca en el BIESS es una medida que se aplica cuando se desea refinanciar una deuda, la cual permite trasladar la misma a una institución financiera diferente a la que le hizo el préstamo hipotecario.

Una extensión del plazo de pago hasta de 25 años, mejores tasa de interés y la reducción de la cuota, son tan solo algunos de los beneficios de realizar la transferencia de la deuda.

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Cabe destacar que una vez que la sustitución financiera es aprobada por el banco receptor, se elimina la deuda con la entidad financiera con la que se adquirió inicialmente.

Este beneficio está disponible tanto para afiliados como para jubilados, quienes deberán de comprometerse con la institución financiera receptora a la que le deberán de seguir pagándole el préstamo que hayan realizado, que puede ser por diversos motivos como compra, construcción o remodelación de vivienda.

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Hasta el momento, más de 60 entidades financieras mantienen un convenio con el Banco Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS).

Requisitos para afiliados

  • El afiliado debe tener 36 aportaciones en total.
  • Los afiliados con discapacidad, deberán acreditar por lo menos 18 aportaciones mensuales, no necesariamente consecutivas.
  • Los afiliados con relación de dependencia deben contar con al menos 13 aportaciones consecutivas, en el caso de afiliados sin relación de dependencia y afiliados voluntarios al menos 36 aportaciones consecutivas, estas aportaciones no necesariamente deben ser con el mismo empleador.
  • No tener dividendos pendientes de pago con el IESS o BIESS, en cualquiera de sus productos crediticios.
  • Si es representante legal de una empresa no debe tener obligaciones pendientes.
  • Estar dentro del límite de edad requerido (hasta 77 años).
  • Su empleador actual no debe pertenecer a la Zafra.
  • Su empleador actual no debe pertenecer al Seguro Social Campesino.
  • No tener un préstamo hipotecario vigente adquirido bajo la modalidad de compra o redescuento de cartera con el IESS o BIESS.
  • No tener en trámite ninguna solicitud para cualquier tipo de préstamo hipotecario con el BIESS.
  • No tener en curso una Línea de Crédito para Construcción de Vivienda y/o inactiva la tabla de amortización del préstamo hipotecario concedido.
  • No tener valores pendientes de pago por concepto de gastos de instrumentación en solicitudes anuladas de Préstamo Hipotecario con el BIESS.
  • No estar registrado en la base de datos del IESS con una enfermedad degenerativa.
  • Aprobar la calificación crediticia del BIESS.
  • Requisitos para jubilados

  • El pensionista de vejez o jubilado debe encontrarse en goce de pensión otorgada por el IESS.
  • No tener obligaciones vencidas con el IESS.
  • No tener dividendos pendientes de pago con el BIESS, en cualquiera de sus productos crediticios (Préstamos Hipotecarios/Quirografarios).
  • No tener un préstamo hipotecario vigente adquirido bajo la modalidad de compra o redescuento de cartera con el IESS o BIESS.
  • No tener en trámite ninguna solicitud para cualquier tipo de préstamo hipotecario con el BIESS.
  • No tener en curso una Línea de Crédito para Construcción de Vivienda y/o inactiva la tabla de amortización del préstamo hipotecario concedido.
  • No tener valores pendientes de pago por concepto de gastos instrumentación en solicitudes anuladas de Préstamo Hipotecario con el IESS o BIESS.
  • No tener Obligaciones Vigentes como Garante o Fiador por concepto de Préstamos Hipotecarios para Afiliados Voluntarios.
  • No estar registrado en la base de datos del IESS con una enfermedad degenerativa.
  • Aprobar la calificación crediticia del BIESS.
  • Condiciones

    Existen cuatro condiciones que hay que tener en cuenta al momento de solicitar una sustitución de hipoteca.

  • Financiamiento: el préstamo máximo disponible es de 460 000 dólares. La valoración actualizada de la propiedad debe ser al menos un 125% superior al saldo que el afiliado o jubilado debe pagar al BIESS.
  • Capacidad de endeudamiento: los solicitantes pueden comprometer hasta el 40% de sus ingresos netos en deudas.
  • Plazos y tazas de interés: los asegurados tienen la opción de elegir un plazo de pago de hasta 25 años, dependiendo de que la edad máxima del solicitante, la cual no debe de exceder los 77 años. Por otro lado, la tasa de interés para préstamos hipotecarios fluctúa según el plazo y va de 7,22% a 9,49%, ajustándose cada 180 días.
  • Sistema de amortización: en la solicitud de crédito que puede ser realizada en línea, los asegurados deben de elegir entre cuotas fijas (sistema francés) o cuotas decrecientes (sistema alemán).


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