02 ene 2024 , 09:18

Proyección de gastos personales: ¿Hasta qué fecha puedo presentarlo para reducir descuentos por Impuesto a la Renta?

Este formulario debe presentarse antes de finalizar el mes de febrero.

En virtud de la reciente reforma tributaria impulsada por el presidente de la República, Daniel Noboa, los trabajadores bajo relación de dependencia que perciban ingresos anuales de más de USD 991,8 al mes u 11.902 dólares están sujetos al correspondiente porcentaje de impuesto a la renta.

Según la normativa, aquellos obligados a efectuar este pago pueden presentar la proyección de sus gastos personales del año a sus empleadores con el propósito de obtener una reducción en los descuentos mensuales en la nómina. El plazo límite para realizar esta presentación es el 28 de febrero de 2024, a pesar de que este año es bisiesto.

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Imagen referencial del cálculo del impuesto a la renta.
Imagen referencial del cálculo del impuesto a la renta. ( )

Sin embargo, algunas empresas solicitan las proyecciones con mayor antelación, incluso antes del 20 de febrero, para calcular los descuentos mensuales correspondientes y reportar la información al Servicio de Rentas Internas (SRI).

El costo de la canasta básica familiar ​​​​​​ se ubicó en enero de 2024 en USD 789,57, según información suministrada por el INEC. Esto representa un incremento de USD 24,86 con relación a enero de 2023, cuando estaba en USD 764,71.

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Los formularios necesarios para presentar la proyección de gastos personales del año lo puedes encontrar en el sitio web del SRI (clic aquí), o en la parte inferior de este artículo.

¿Qué datos deben ir en el formulario?

1. Fecha de presentación.

2. Número de cédula del contribuyente.

3. Nombres y apellidos completos.

4. Ingresos proyectados: Se calcula multiplicando la remuneración mensual unificada por el tiempo de servicio en 2023, sin descontar el aporte al IESS. En caso de múltiples empleadores, se presenta al que otorgue mayores ingresos.

  • Se aplica la tarifa de impuesto a la renta según la Ley de Eficiencia Económica.
  • Se resta la rebaja por proyección de gastos personales, limitada por la ley.
  • Se divide el resultado entre once para determinar la alícuota mensual a retener.
  • Los ingresos proyectados se calculan multiplicando la remuneración unificada del 2023.
    Los ingresos proyectados se calculan multiplicando la remuneración unificada del 2023. ( )

    5. El tope de gastos personales depende de las cargas familiares. ​​​​​

  • Sin cargas: Hasta siete canastas básicas familiares.
  • Una carga: Hasta nueve canastas básicas familiares.
  • Dos cargas: Hasta once canastas básicas familiares.
  • Tres cargas: Hasta catorce canastas básicas familiares.
  • Cuatro cargas: Hasta diecisiete canastas básicas familiares.
  • Cinco cargas: Hasta veinte canastas básicas familiares.
  • Empleados a cargo de personas con enfermedades catastróficas, raras y/o huérfanos, hasta 20 canastas básicas familiares.
  • En el formulario, los contribuyentes pueden asignar sus gastos a un máximo de seis categorías. Los contribuyentes pueden elegir las categorías que mejor se adapten a sus necesidades, por ejemplo, si los gastos de educación y alimentación son los más elevados, los contribuyentes pueden limitarse a estas dos categorías. Las seis categorías en cuestión, son:

  • Vivienda: Incluye arriendo, impuesto predial, y servicios básicos.
  • Educación, Arte y Cultura: Gastos educativos y actividades culturales.
  • Salud: Honorarios médicos, medicamentos, seguros, y atención de mascotas.
  • Vestimenta: Gastos en prendas y ropa para mascotas.
  • Alimentación: Incluye alimentos y compra para mascotas, excluyendo bebidas alcohólicas.
  • Turismo: Gastos turísticos nacionales, registrados y con licencia.
  • 6. Indicar en el casillero correspondiente si el trabajador o alguno de sus familiares a cargo tiene una enfermedad catastrófica (marcar Si o No).

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    7. Registrar el número de cargas familiares para rebaja de gastos personales. El número de cargas familiares para la rebaja de gastos personales incluye:

  • Padres, cónyuge o pareja en unión de hecho.
  • Hijos hasta los 21 años o con discapacidad que dependan económicamente del contribuyente.
  • No se permite que dos o más contribuyentes consideren a la misma carga familiar.
  • Adicionalmente, en este punto del registro de las cargas familiares, debes entregar algunos documentos a tu empleador, tales como:

  • Copia de cédula de las cargas familiares al empleador.
  • Consentimiento explícito de los padres para ser considerados carga familiar.
  • No requiere ser notariado ni elaborado por un abogado.
  • 8. El monto de la rebaja depende de las cargas y gastos proyectados.

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