09 feb 2021 , 17:11

Candidatos con votación mínima ¿deberán devolver el dinero al Estado?

Una de las reformas del Código de la Democracia señala cuándo deben restituir el monto.

De los 16 presidenciables son 12 los candidatos que su porcentaje de votación no supera el 4%. Aquello ha causado indignación en algunos ciudadanos, pues proponen que el dinero entregado por el Estado para la campaña electoral sea devuelto. Pero ¿es posible?

 

Sí, aunque no desde ahora. 

 

El artículo 45 del Reglamento de Promoción Electoral del CNE, señala que “las organizaciones políticas o la candidata o candidato que hayan recibido financiamiento del Estado a través del Fondo de Promoción Electoral, deberán reintegrar el 50 % de los valores y montos entregados por el Estado luego de la segunda elección cuando la o el mismo candidato no obtenga al menos un 4 % de los votos válidos en la respectiva dignidad, binomio o lista”, estipula.  

 

Arianna Tanca, politóloga y analista, manifiesta que “la devolución del fondo de promoción electoral fue una de las reformas que se introdujeron en el Código de la Democracia que se debatió hace un año”, dice y resalta que la reforma realmente se pondrá en práctica en los comicios de 2025, pues al estar vigente desde 2019 no contempla las participaciones anteriores. Es decir, no puede aplicarse a ninguno de los 12 candidatos, a pesar de que hayan concursado antes. 

 

 

Así, la intención de introducir esta reforma es limitar la proliferación de partidos, explica Tanca, pues la propuesta surgió a partir de las elecciones seccionales de marzo de 2019 donde hubo más de 80 mil candidatos.

 

Entonces…

 

Según el reglamento, el participante tendrá dos oportunidades para cumplir con el mínimo requerido del 4% de votos y así no tener que devolver los recursos dados.  “Esta reforma dice ‘tienes derecho de ser candidato, pero tienes que tener en cuenta que debes hacerlo bien, porque sino a la tercera vez te va a costar dinero, vas a tener que devolver el 50%’”, describe Tanca.  Además, según el artículo 47 del reglamento, dispone que se deberá devolver en un plazo de noventa días a partir de los resultados oficiales reconocidos por el organismo, “en caso de incumplimiento el Consejo Nacional Electoral ejercerá su potestad coactiva en contra de las y los candidatos o las organizaciones políticas”, recalca. 

 

 

Tarjeta roja

 

Si el reglamento hubiera estado vigente desde años atrás, ¿quién tendría que devolver el 50% en esta elección? Veámos un ejemplo. Carlos Sagnay, del movimiento Fuerza Ecuador, ha intentado tres veces llegar a la silla presidencial en Carondelet. Su primera intervención fue en el 2006 con el partido Integración Nacional Alfarista (INA) y quedó en último lugar con el 0,2% de votos. Volvió una segunda vez. Como candidato del Movimiento Triunfo Mil, en 2009, y también quedó entre los últimos participantes, alcanzando solo el 1,8% del electorado. En este tercer round con el 99,39% de actas procesadas, Sagnay obtiene 0,28% de los votos. 

 

Asimismo, en el 2017 hubo ocho candidatos, de ellos, tres no llegaron tampoco al 4%. Patricio Zuquilanda, candidato entonces del Partido Sociedad Patriótica PSP, obtuvo  0,77%. Mientras que, Washington Pesántez, quien participó por  el movimiento Unión Ecuatoriana alcanzó 0,75%. Asimismo, Iván Espinel por Fuerza Compromiso Social, obtuvo 3,15%. 

Para la analista, la reforma es un gran paso, sin embargo el ámbito de acción es limitado, "Ecuador es un país que tiene multipartidismo extremo, vale la pena preguntarse cómo hacer para mejorar la calidad política del país. El ciudadano no puede leer 16 planes de gobierno, se reduce la calidad democrática", concluye. 

 

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