Caso Plaga: tres procesados fueron declarados culpables

Se trata de José G., Adriana Z. y Gary P., quienes fueron procesados como autores directos. Les impusieron una pena privativa de libertad de nueve añosy cuatro meses.
El edificio de la Corte Nacional de Justicia, en Quito. ()
13 nov 2025 , 21:17
Diego Bravo

Este jueves 13 de noviembre de 2025, tras la audiencia de juicio del Caso Plaga, tres de los seis procesados por presunta delincuencia organizada fueron declarados culpables en la Corte Nacional de Justicia (CNJ).

Se trata de José G., Adriana Z. y Gary P., quienes fueron procesados como autores directos. Les impusieron una pena privativa de libertad de nueve añosy cuatro meses. Se tomaron en cuenta agravantes, con base en el artículo 369 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

El Tribunal estaba conformado por los magistrados Manuel Cabrera Esquivel (ponente), Javier de la Cadena y el conjuez Hernán Barros Noroña. Este caso nació desde el proceso conocido como Metástasis y se investigó una presunta participación de jueces y servidores judiciales provinciales en una estructura delictiva para favorecer a presos a cambio de dinero.

Con fallo unánime, los jueces validaron lo actuado. Concluyeron que los acusados actuaron de forma indebida y fueron parte crucial de la organización criminal.

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¿Sabías que?
Art. 369.- Delincuencia Organizada.- La persona que mediante acuerdo o concertación forme un grupo estructurado de dos o más personas que, de forma permanente o reiterada, financien de cualquier forma, ejerzan el mando o dirección o planifiquen las actividades de una organización delictiva, con el propósito de cometer uno o más delitos sancionados con pena privativa de libertad de más de cinco años, que tenga como objetivo final la obtención de beneficios económicos u otros de orden material, será sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez años. Los demás colaboradores serán sancionados con pena privativa de libertad de cinco a siete años.

Otros procesados

En lo que respecta a la situación jurídica de Jorge M., Patricio C. y Galo L., la CNJ expresó que los medios de prueba no llevaron a la convicción de la responsabilidad de estos. Ante eso, "se ratificó su estado de inocencia y se determinó el levantamiento de las medidas había en su contra".

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