Valentina Centeno estudiará en Estados Unidos y dejará temporalmente la Asamblea

Ella es la presidenta de la bancada oficialista de Acción Democrática Nacional en el Parlamento
Valentina Centeno fue subsecretaria de Actividad Física y coordinadora zonal 4 del Ministerio del Deporte. ()
26 ago 2025 , 16:20
Diego Bravo

En las últimas horas, trascendió la noticia de que Valentina Centeno, jefa de bancada en la Asamblea Nacional del movimiento Acción Democrática Nacional (ADN), estudiará en Estados Unidos y dejará temporalmente el Parlamento.

Para esto -según el trámite regular- debería pedir una licencia y esto tiene que ser aprobado por el Consejo de Administración Legislativa (CAL), tomando en cuenta al artículo 114 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL). Se conoce que la licencia duraría aproximadamente siete meses, según se ha informado en varias publicaciones de prensa, lo cual significa que se debe implementar una reconfiguración al interior de ADN y Mishel Mancheno asumiría la jefatura del oficialismo en el Parlamento.

Este anuncio ha generado decenas de reacciones en redes sociales. La razón: analistas y asambleístas opositores señalan, con base en el artículo 114 de la LOFL, que Centeno no puede salir con licencia por más de 30 días consecutivos o 90 en los casos de enfermedad debidamente justificada.

Le puede interesar: La bancada de ADN rechazó la suspensión parcial de tres leyes del presidente Daniel Noboa

¿Sabías que?
Art 114 (LOFL). Régimen de licencias y permisos.- La Presidenta o el Presidente de la Asamblea Nacional podrá conceder licencia a los asambleístas para ausentarse de sus funciones hasta por 30 días. La licencia que supere los 30 días y hasta los 90 días en un año calendario, será autorizada por el Consejo de Administración Legislativa, en caso de enfermedad o incapacidad física o psicológica, debidamente comprobadas.

La norma también señala que la ausencia injustificada de una legisladora o legislador, por más de 30 días consecutivos o más allá del plazo máximo de licencia permitido por esta Ley, se considerará abandono del cargo. En este caso, el CAL procederá a la principalización definitiva del asambleísta suplente o alterno, según corresponda de conformidad con esta Ley.

Le puede interesar: "Haiga", "capturación", "rompido", las perlas de los asambleístas en sus discursos

TAG RELACIONADOS