30 ene 2024 , 21:36

Iván Saquicela, presidente de la Corte Nacional: "no me aferro al cargo, sino a la democracia y al derecho"

Todavía no hay fecha para retomar la votación para elegir al nuevo presidente de la Corte. Iván Saquicela, presidente de esa entidad, dialogó con Ecuavisa.com sobre el proceso.

La elección del presidente de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) se estancó y no hay fecha para retomar la votación, la cual se encuentra suspendida desde el pasado 26 de enero por falta de quorum. Luego de tres votaciones, ningún candidato consiguió los 12 respaldos necesarios para convertirse en el nuevo titular de esa entidad.

En la última, Saquicela obtuvo nueve voluntades y seis fueron para Camacho, mientras que José Suing quedó fuera. La sesión fue suspendida y hasta el momento no se han logrado consensos. Iván saquicela, titular de la CNJ, dialogó con Ecuavisa.com sobre el tema ya que el ganador requiere como mínimo 12 votos a favor.

¿Qué va a pasar? Es urgente que la sesión se reinstale antes del 3 de febrero para resolver el tema. La razón: en esa fecha terminan funciones cuatro jueces titulares: Byron Guillén, Luis Rivera y Walter Macías, quienes pertenecen a la Sala de lo Penal. Asimismo, Fabián Racines, de la Sala de lo Contencioso Administrativo.

Si la votación de la CNJ no se retoma a tiempo y termina el periodo de los cuatro magistrados, el pleno de la CNJ se reducirá de quince a once. Por lo tanto, no habrá los suficientes jueces titulares para continuar la votación.

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En varias entrevistas, usted ha manifestado que con Camacho y Suing llegaron a un acuerdo. Si en la primera votación, uno de ustedes tenía mayoría de respaldos, el resto retiraría su candidatura. ¿Qué pasó con eso? ¿Hubo falta de palabra?

No soy el que debo adjetivar eso. Eventualmente, si los compañeros lo consideran, sabrán expresar. Respeto y valoro mucho su posición, que con todo derecho tienen la aspiración de ser presidente o presidenta de la Corte Nacional. El tema está en que hay una imposibilidad de elegir, hasta esta parte, que se da fundamentalmente porque de los 21 jueces que deberíamos ser constitucionalmente estamos solo quince. Entonces, si la norma exige que son doce, la situación es compleja.

¿Qué se debe hacer?

Un alto tribunal de justicia del país tiene que evidenciar la capacidad de llegar a acuerdos, de llegar a consensos. En lo personal estoy abierto al diálogo. En el caso de que no hubiera un acuerdo, lo que corresponde es aplicar el derecho y las normas son absolutamente claras y determinantes.

¿Cuáles normas?

Dos normas. El artículo 38 del Código Orgánico de la Función Judicial señala quiénes son los servidores judiciales, entre otros los jueces y las juezas. El 121 tiene claro que los jueces son servidores judiciales.¿Qué preceptúa este último? Que los servidores judiciales no cesarán en sus cargos y serán prorrogados en sus funciones hasta hasta ser legalmente reemplazados. Las normas de derecho público son concretas y expresas. Tienen que ser aplicadas por seguridad jurídica, tal como lo dice el artículo 82 de la Constitución del Ecuador.

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¿Usted trata de aferrarse al cargo?

No me aferro al cargo, sino al derecho y a la defensa de la institucionalidad. No soy yo el que deseo quedarme. Es la voluntad de nueve jueces y juezas que constituyen la mayoría, aunque no son los doce. Porque yo, al contrario, no me atrevería a decir, los compañeros se aferran a su aspiración. No se trata de eso. Lo que creo es que hay que elegir un presidente. Hay una mayoría, aunque no el número, es necesario que está en la línea de una reelección, porque probablemente valoran o aseguran justicia y precisión favorable de cuál es nuestro trabajo.

¿Qué va a hacer en medio de la polémica que se ha generado?

Cumpliré mi trabajo hasta el día que me corresponda, y sencillamente es más que un derecho, más que un privilegio, una alta responsabilidad. Por ahí está lo sustancial, porque un presidente de la Corte tramita habeas corpus en casos relevantes, principalmente de corrupción o extradiciones. Se trata del representante del poder judicial y hay que ser muy cuidadosos de no poner en tela de duda las atribuciones jurisdiccionales relevantes.

Todo se está resolviendo al apuro porque los plazos se acortan...

Bueno, yo miro con alguna preocupación, pero también creería que tiene un arreglo por la vía del derecho. Eso escapa a mi voluntad. De hecho, yo creo que di muchas muestras a mis compañeros de un espíritu democrático. En primer lugar puse en conocimiento del pleno de la Corte, la situación que se avecinaba, porque somos solamente quince. Se resolvió las fechas de las elecciones, las convoqué, se dio un proceso democrático. Mantengo mi posición de dialogar y de tratar de consensuar. Yo también confío en mis compañeros a quienes ratifico mi aprecio y mi respeto. Tal vez son visiones jurídicas diferentes, pero reitero que debe privilegiarse el interés público y común que es el del país. Tengo la certeza que llegaremos a una solución.

¿Por qué no hay consensos?

Bueno, probablemente porque cada uno de los compañeros tiene una aspiración y una tesis jurídica diferente. Pero por ventaja, cuando hay diferendos jurídicos, es el propio derecho el que proporciona las respuestas.

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¿Hay intereses particulares?

Yo creo, en lo personal, que tiene que regir la democracia y el derecho. Entonces, la concepción más elemental de la democracia dice que ganan los que tienen más (votos). Sí. Entonces, hay un principio democrático, y luego la legitimidad jurídica que debe ser cualquier resolución de conformidad con la ley. Si se habla de aferrarse, me aferro a la democracia y el derecho.

Se planteó que si la votación no se resuelve a tiempo, el Pleno de la CNJ debería elegir a un presidente temporal, pero usted asegura que no hay base jurídica para ello, ¿por qué?

No existe ninguna base jurídica para un temporal. No hay una norma que diga eso. Entonces, si no aparece en ningún lado, no podemos inventar y sería grave.

¿Qué precedente se puede generar si se mantienen en eso de designar un presidente temporal?

Tiene que resolverse por la vía jurídica, hay normas claras. Yo le invito a revisar el artículo 38 del Código Orgánico de la Función Judicial y el 121. Usted ahí va a tener respuesta para una conclusión.

¿Sabías que?
Artículo 121. El servidor de la Función Judicial que hubiese cesado en el puesto desempeñará funciones prorrogadas hasta ser legalmente reemplazado. Aunque hubiese cesado en sus funciones, no quedará liberado de sus responsabilidades sino únicamente cuando haya entregado los archivos, documentos, bienes y depósitos que se hallaren en su poder y cuidado en razón del puesto.

¿En qué fecha calcula usted que se resuelva todo y la Corte Nacional ya cuente con presidente?

No sabría decir. Estoy dispuesto a dialogar con los compañeros para llegar a un criterio. Por ahora, eso no sabría decir.

Como institución, ¿cuánto les perjudica lo que se está viviendo?

La Corte Nacional debe dar muestras de diálogo, de institucionalidad. Hoy vivimos en un estado de guerra. Un conflicto interno armado para combatir el terrorismo. El Estado debe estar unido en este propósito. Sería un grave error debilitar al Poder Judicial por una situación en la que pueden haber criterios y aspiraciones, pero que tiene que primar lo colectivo, sobre todo en circunstancias tan graves como las que vive el Ecuador.

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