26 sep 2023 , 10:52

¿Qué beneficios tienen los cónyuges de los afiliados al IESS?

El IESS permie cobertura a los cónyuges e hijos menores de edad de los afiliados.

El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) habilita la posibilidad de que los cónyuges de los afiliados puedan acceder a varios servicios de salud y la mayoría de coberturas que brinda la institución en las diferentes provincias del país.

Este servicio de extensión de cobertura de salud, se concedió en virtud de las reformas realizadas por el Consejo Directivo del IESS.

Leer más: ¿Con cuántas aportaciones tengo derecho a atención médica en el IESS?

De esta manera, podrán acceder a varios beneficios que ofrece el IESS las personas que sean:

  • El cónyuge o conviviente con derecho del afiliado con el aporte del 3.41% del salario de aportación.
  • Los hijos de los afiliados menores de 18 años no aportan para la prestación de salud.
  • El cónyuge o conviviente con derecho de los pensionistas con el aporte del 4.15% de la pensión.
  • Los hijos menores de 18 años de los pensionistas con el aporte del 3.41% de la renta mensual.
  • A excepción de las prestaciones económicas por subsidios monetarios, los beneficiarios dependientes tendrán derecho a la atención médica en los siguientes servicios:

  • Fomento y promoción de la salud.
  • Prevención, diagnóstico y tratamiento de diversas enfermedades.
  • Recuperación y rehabilitación de la salud individual.
  • Medicinas.
  • Protección durante la maternidad, incluyendo embarazo, parto y posparto, siempre que se tengan doce aportaciones previo al parto.
  • Para acceder a los beneficios primero hay que registrar al dependiente o cónyuge (Foto: Archivo)
    Para acceder a los beneficios primero hay que registrar al dependiente o cónyuge (Foto: Archivo) ( )

    Leer más: ¿Cómo consultar mi historial laboral en el IESS?

    El trámite para hacer la solicitud de extensión de cobertura de salud para cónyuges y convivientes con derecho de afiliados o jubilados, se hace en línea. Antes de solicitar la cobertura, deberás haber registrado a tu dependiente en el sistema del IESS. Para ello, debes realizar los siguientes pasos:

  • Ingresa al portal web del IESS aquí.
  • Ve al apartado de “trámites virtuales” y selecciona “Afiliado” o “Pensionista” según sea el caso.
  • Ingresa a “Historia Laboral” con tu número de cédula y clave
  • Se desplegará un menú, elija la opción ‘Información’, seleccione ‘Registro de Dependiente (s)’,
  • Escoja ‘Agregar dependiente’, llene los datos solicitados por el sistema.
  • Si se encuentra registrado su dependiente, no duplique el registro.
  • ​​​Una vez registrado nuestro dependiente, podemos proceder con la solicitud de cobertura con el siguiente procedimiento:

  • Ingresa al portal web del IESS aquí.
  • Ve al apartado de “trámites virtuales” y selecciona “Afiliado” o “Pensionista” según sea el caso.
  • Ingresa a “Historia Laboral” con tu número de cédula y clave
  • Se desplegará un menú en donde debes elegir “Extensión de Cobertura de Salud”.
  • Selecciona “Solicitud de Extensión de Salud para Cónyuges/Hijos”.
  • Ingresa los datos que solicita el sistema, luego digite “Actualizar y Continuar”.
  • Continúe ingresando la información solicitada por el sistema y selecciona “Aceptar”.
  • Ya aprobada la solicitud, el IESS descontará la prima al afiliado o jubilado en un plazo de tres meses de aporte consecutivos tras los cuales, el cónyuge podrá acceder a la cobertura de salud. En caso de maternidad, se debe esperar 12 meses de aportes.

    Solo en caso de emergencia, el cónyuge o conviviente podrá acceder a la atención médica desde el primer día de aprobación de la solicitud.

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