06 may 2013 , 12:56

Pospuesta por novena vez audiencia por muerte de científica francesa

Por novena ocasión se pospuso audiencia contra la Clínica Pichincha por la muerte de una francesa.

Por novena ocasión se difiere la audiencia en el proceso seguido contra la Clínica Pichincha por la supuesta falta de atención a la científica francesa Charlotte Mazoyer, quien murió en septiembre del 2009. Una de las partes emprenderá acciones legales contra el Fiscal de la causa.

 

Han pasado 3 años y 8 meses desde que la investigadora francesa fue asaltada y herida de bala en Guápulo, un barrio del norte de Quito. Posterior al ataque murió en la clínica, en donde, según sus amigos y familiares, no le brindaron la atención oportuna.

 

Sus padres viajaron a Ecuador y presentaron una demanda en la Fiscalía, pero el caso está estancado.

 

Esta mañana se pospuso por novena ocasión la audiencia donde debía darse a conocer el dictamen acusatorio o abstentivo para la clínica. El motivo fue una enfermedad del Fiscal.

 

Juan Francisco Ospina, abogado de la Clínica Pichincha asegura que el 12 de septiembre del 2009 atendieron adecuadamente a Charlotte y piden al Fiscal que no dilate más el caso. Incluso están pensando en denunciarlo.

 

La familia de la joven se encuentra en Francia. Su abogado, Emiliano Donoso, indicó vía telefónica que también esperan que el caso avance, pero que los padres de la fallecida le han pedido que no dé entrevistas.

 

La instrucción fiscal terminó hace 8 meses, ese es el tiempo que llevan las partes esperando la audiencia de dictamen. 

 

Dos semanas atrás, los abogados del sanatorio explicaron en un comunicado que Mazoyer "ingresó al hospital con una herida mortal de una bala de 38 milímetros, que le afectó el corazón y el hígado, pese a ser atendida murió en el quirófano después de tres horas".

 

Los defensores sostuvieron que "a través de 12 peritajes legales se comprobó que ella (Mazoyer) sí fue atendida en la clínica".

 

A la casa asistencial se le acusa de supuestamente haber infringido el artículo 12 de la Ley de Derechos y Amparo al Paciente que dice que bajo ningún motivo un servicio de salud podrá negar la atención de un paciente en estado de emergencia.

 

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