22 dic 2023 , 12:13

El Gobierno entregó a la Embajada de México información judicial de Glas para que analice la solicitud de asilo

Sobre Glas no pesa una orden de detención. Sin embargo, la Fiscalía lo requiere para que rinda su versión en el caso Reconstrucción de Manabí.

La Cancillería ecuatoriana entregó al Gobierno de México la documentación sobre la situación judicial del Exvicepresidente, Jorge Glas. Esta fue proporcionada por la Corte Nacional de Justicia y la Fiscalía General del Estado, luego de que Glas solicitó oficialmente el asilo a México.

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Sobre Glas no pesa una orden de detención. Sin embargo, la Fiscalía lo requiere para que rinda su versión en el caso Reconstrucción de Manabí y llevar a cabo "algunas diligencias", según ha reiterado la fiscal Diana Salazar.

La información entregada por el Gobierno ecuatoriano "deberá ser analizada detenidamente, ante el pedido de asilo diplomático", dijo el Ministerio de Relaciones Exteriores en un comunicado.

El Gobierno anuncia que "deploraría" una decisión favorable de asilo a Glas

En el mismo documento, la Cancillería explica que, para el Ecuador, no sería lícita una eventual concesión de asilo diplomático por parte de México. Esto, debido a lo que establece el artículo III de la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954, de la que ambos países son parte:

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"No es lícito conceder asilo a personas que al tiempo de solicitarlo se encuentren inculpadas o procesadas (...) sin haber cumplido las penas respectivas".

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La normativa agrega que estas personas "deberán ser invitadas a retirarse o, según el caso, entregadas al gobierno local, que no podrá juzgarlas por delitos políticos anteriores al momento de la entrega". Así se informó a la embajadora Raquel Serur, quien fue convocada a la Cancillería.

Las autoridades agregaron que el otorgamiento de asilo diplomático por parte de México sería una situación que el Ecuador deploraría. Sin embargo, si llegara a darse, la Cancillería "actuará con absoluta firmeza, con base en los altos intereses del Estado, dentro del marco del derecho internacional, en particular de la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954".

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