No pagarán el Impuesto a la Salida de Divisas quienes desarrollen actividades productivas.
Con 108 votos afirmativos, 0 negativos, 0 blancos y 9 abstenciones, la Asamblea Nacional aprobó este 2 de septiembre de 2016 en segundo debate, la Ley de incentivos tributarios.
Dentro de las modificaciones realizadas al primer informe del proyecto, los incentivos se extienden a personas naturales, empleadores y Empresas de la Economía Popular y Solidaria que contraten seguros médicos privados. El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) cubrirá los valores del deducible de seguros médicos privados de las derivaciones de pacientes y no el 100 por ciento como en la actualidad.
Revise: Ejecutivo remite paquete tributario a la Asamblea Nacional
La devolución del pago del impuesto mínimo o pagado en exceso se hará efectiva cuando supere el rango establecido por el Servicio de Rentas Internas (SRI). Se modifica el rango del Impuesto Único de 1 a 2 por ciento del total de ingresos para otros sectores agropecuarios diferentes al bananero. Se da el mismo tratamiento de las microempresas y a Empresas de Economía Popular y Solidaria en el pago del anticipo del Impuesto a la Renta (IR).
Uno de los cambios que se incorporó en el informe fue la exoneración del pago del Impuesto a la Salida de Divisas a quienes desarrollen actividades productivas y que permanezcan en el país al menos dos años. Se introdujo una transitoria para mantener por 10 años la vigencia del Régimen del Impuesto Único para el pago del Impuesto a la Renta y se exonerará del pago de la patente municipal a agricultores y pecuarios, que no son sujetos de cobro.
La ley aprobada pasará al Ejecutivo para su revisión final y, posteriormente, al Registro Oficial para su publicación.
Recomendadas