11 may 2018 , 08:30

Juristas opinan sobre la evaluación de CPCCS a CC

Hay posturas diversas sobre la competencia del Consejo sobre la Corte Constitucional.



El Consejo de Participación transitorio inició la evaluación a la Corte Constitucional y esto generó opiniones diversas sobre su competencia para hacerlo.

 

Parte de la pregunta 3, aprobada en la consulta popular, le da al Consejo "la potestad de evaluar el desempeño de las autoridades cuya designación le corresponde pudiendo, de ser el caso, anticipar la terminación de sus periodos".

 

 

Juristas como Ramiro Aguilar argumentan que la Corte Constitucional no está entre las autoridades que el Consejo de Participación Ciudadana designa

 

 

“Puede ser que no nos guste la Corte Constitucional, a mí de hecho no me gusta, pero eso no significa que el Consejo de Participación Ciudadana transitorio tenga la potestad de destituir. La Corte Constitucional no está designada por el Consejo de Participación, sino por una comisión especial”, manifestó. 

 

 

 

 

Pero el constitucionalista Ismael Quintana dice que el Consejo de Participación sí designa a la Corte Constitucional, pues forma parte de esa comisión calificadora a través de la Función de Transparencia.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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“El órgano que nomina y designa a la Corte Constitucional, una comisión de selección conformada por dos integrantes representantes del Ejecutivo, dos del Legislativo y dos de la Función de Transparencia y Control Social, de la que forma parte el Consejo de Participación Ciudadana. Y si a eso usted le agrega que como la pregunta 3 de la consulta popular clarito se dijo que estamos decidiendo o no decidiendo por crear un Consejo transitorio y entregarle a este facultades extraordinarias, uno de evaluar y dos de terminar anticipadamente los periodos de todos los funcionarios públicos en cuya designación interviene”, explicó.

 

 

 

El Consejo de Participación anterior ,en su página web consideraba entre las autoridades bajo su designación a los magistrados de la Corte Constitucional a través de la comisión especial, así como las nombradas a través de comisiones ciudadanas o ternas envidas por las funciones del Estado. 

 

 

El constitucionalista Stalin Raza tiene un tercer criterio: considera que el Consejo no tiene competencia para cesar a la Corte, pero cree que debido a sus incumplimientos los jueces deben irse voluntariamente

 

 

“Los jueces de la Corte tienen la facultad de aceptar o no ser sometidos a ese proceso y los jueces de la Corte lo que deberían hacer por sanidad del país y para evitarle el caos jurídico al país es dar un paso al costado y renunciar”, expresó. 

 

 

En medio del debate, la evaluación avanza y ya se han presentado 31 denuncias en contra del organismo.

 

 

 

 

 

 

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