10 may 2012 , 12:54

Completa explicación de nueva Ley de Hipotecas para viviendas y vehículos

Como sabemos la nueva Ley, cambia las reglas del juego para quienes soliciten un crédito para adquirir vivienda o un vehículo, en pocas palabras, si un deudor moroso no puede terminar el pago, saldaría su cuenta solo con la devolución del bien.

Como sabemos la nueva Ley, cambia las reglas del juego para quienes soliciten un crédito para adquirir vivienda o un vehículo, en pocas palabras, si un deudor moroso no puede terminar el pago, saldaría su cuenta solo con la devolución del bien.

Si ahora mismo, usted tiene una hipoteca y deja de pagar las letras, lo más seguro es que tenga que devolver el bien al banco con el que se endeudó, pero también es probable que el banco haga cuentas y le diga que su inmueble no alcanza para pagar la totalidad de la cuenta.

Así que usted entregará la casa, pero seguirá endeudado, la intención de la nueva Ley es evitar eso, es decir, si usted no paga, igual tendrá que devolver el inmueble, pero con eso su deuda se extinguirá.

Concretamente, la Ley dice:

Las obligaciones contraídas por un crédito hipotecario sólo podrán ser cobradas a través de la respectiva ejecución, de tal manera que, una vez rematado el bien inmueble entregado en garantía o entregado en dación en pago, la institución financiera acreedora, o sus sucesores en derecho, no podrán perseguir los bienes personales del deudor”.

Pero, la Asociación de Bancos no ve el proyecto con el mismo entusiasmo. En lo primero que piensan es en cómo garantizar la recuperación completa del dinero prestado en caso de que alguien no pague... y esto es lo que se les ocurrió... aumentar la cuota inicial.

Además le preocupa saber a ciencia cierta si la Ley afectará o no a los créditos ya otorgados.

La Ley pone condiciones para evitar que alguien decida empezar a adquirir viviendas, usufructuarlas, dejar de pagar y salir impune. El hecho de entregar la casa y quedar sin deuda, sólo será aplicable a quienes hayan adquirido un crédito.

"Con una institución del sistema financiero nacional para adquirir la única vivienda familiar" y el crédito no podrá exceder de "500 remuneraciones básicas unificadas", es decir, 146.000 dólares.

La Ley todavía no está en vigencia, aún hace falta que la revise el Ejecutivo y que el Presidente decida si tiene sugerencias o correcciones por hacer.

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