19 jul 2016 , 08:29

Duras sanciones para asambleístas se analizarán este jueves

La comisión de la Asamblea alistó informe del proyecto de reformas a la Ley legislativa.

La Asamblea Nacional intenta frenar la falta constante de algunos parlamentarios. Con ese objetivo se elaboró un proyecto de reformas a la Ley de la función legislativa con sanciones.

 

La norma, que plantea reformar 55 artículos, establece una escala de castigos que pueden llegar, incluso, a la destitución del cargo en caso de reincidencia.

 

La comisión de Participación Ciudadana aprobó este 18 de julio de 2016, con 7 votos a favor y 3 abstenciones, el informe con las reformas planteadas.

 

Entre ellas, establece una escala de sanciones para los asambleístas que registren un 40% de faltas en un mes. Según el documento, la primera vez se les impondrá una multa del 60% de su sueldo, si reinciden en un período de 6 meses, serán suspendidos por 30 días y si reinciden por segunda vez en el mismo período, perderán su cargo. 

 

Pero también se incluyen otras reformas, detalladas a continuación:

 

Vacío legal

 

La reforma elimina el vacío legal existente en el caso de que una o un asambleísta se encuentre privado de libertad, establece que cuando exista un proceso penal en contra de una o un asambleísta, dentro del cual se haya ordenado como medida cautelar la privación de la libertad o se haya dictado sentencia condenatoria, con pena privativa de libertad, una vez que se cuente con la notificación judicial correspondiente, será reemplazado por la o el asambleísta suplente o reemplazante que le corresponda, sin necesidad de excusa.

 

La o el asambleísta suplente o reemplazante al que le corresponda, tendrá los mismos derechos y deberes inherentes a la o al asambleísta principal, mientras dure la privación de su libertad, período durante el cual la o el asambleísta principal dejará de percibir su salario. En caso de sentencia condenatoria ejecutoriada, la o el asambleísta cesará en su cargo, de conformidad con la Constitución y esta Ley. 

 

Esta reforma fue propuesta tras el caso de la legisladora Esperanza Galván, quien pese a haber permanecido en prisión durante más de un año y contar con sentencia ejecutoriada, seguía percibiendo su salario.

 

Consulta Prelegislativa

 

Dentro de las reformas se incluye el procedimiento para realizar la consulta prelegislativa, como un mecanismo previo a la adopción de una medida de carácter legislativo, que pueda afectar directamente los derechos colectivos establecidos en la Constitución de la República para las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianos y montubios.

 

Entrega de información

 

Se reducen los plazos para la entrega de información solicitada por los asambleístas. La Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en el artículo 9, concede un tiempo de entrega de información de 10 días, con una prórroga debidamente justificada e informada de cinco días, mientras que a las y los asambleístas el artículo 75 de la Ley vigente sea de quince días. La propuesta establece el plazo en 10 días.

 

Solicitudes de información

 

También se plantean los procedimientos para realizar las solicitudes de información y, con el objetivo de tener un registro de las peticiones, se establece que deben ser registradas en la unidad administrativa delegada para el efecto.

 

Inmunidad

 

Sobre el fuero y la inmunidad parlamentaria, se establece cada uno de los conceptos, separándolos en artículos distintos. Además se estipula un procedimiento sobre el debido proceso. Se aclaran, también, los procesos para el reemplazo en caso de ausencia temporal o definitiva de las y los asambleístas principales.

 

 

El pleno tiene previsto analizar la propuesta, este 21 de julio de 2016, en primer debate. 

 

 

Noticias
Recomendadas