07 ago 2014 , 01:53

Los nuevos delitos en el Código Penal

La normativa tipifica más de 70 nuevos delitos y en otros casos se ha bajado años de condena.

El Código Orgánico Integral Penal tipifica nuevos delitos y privación de libertad para quienes reciban sentencias condenatorias por estas causas. La normativa tipifica más de 70 nuevos delitos y en otros casos se ha bajado años de condena a ciertos delitos. 

 

- Si anteriormente ha contratado trabajadores y no los ha afiliado al Seguro Social, ponga atención, porque desde el domingo la falta de afiliación será sancionada con entre 3 y 7 días de reclusión. 

 

- Con el nuevo Código también habrá sanciones para quienes golpeen o de otras formas maltraten a perros, gatos y demás animales. El maltrato o muerte de mascotas y animales de compañía también está penado, de 3 a 7 días de reclusión. 

 

- Otro nuevo delito, incluído en la ley, es la simulación de un secuestro, en otras palabras, fingir que a usted lo retuvieron en contra de su voluntad. Esto está penado de 6 meses a 2 años de prisión.

 

- Quienes usen recetas falsas o que adulteran las que tienen para conseguir medicamentos de uso restringido, desde ahora, la falsifiación, forjamiento o alteración de recetas podrá ser castigada de 6 meses a 2 años de prisión.

 

- A partir del 10 de agosto el ejercicio ilegal de la profesión será motivo de cárcel, de 6 a 2 años de reclusión, es decir las personas que  trabajen en cargos que requieren un título profesional, como por ejemplo abogado.

 

- El Código Integral Penal tiene 730 artículos, 4 disposiciones generales, 26 disposiciones derrogatorias y una disposición final. Está dividido en cuatro libros: Preliminar normas rectoras, Libro Primero la infracción penal, Libro segundo procedimiento y Libro tercero ejecución.

 

- Femicidio: ‘‘La persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, será sancionada con pena privativa de libertad de 22 a 26 años’’.

 

- El homicidio culposo por mala práctica profesional establece una sanción de la pena privativa de libertad de 1 a 3 años a la ‘‘persona que al infringir un deber objetivo de cuidado, en el ejercicio o práctica de su profesión, ocasione la muerte de otra’’.

 

- También está el pánico financiero. ‘‘La persona que divulgue noticias falsas que causen alarma en la población y provoquen el retiro masivo de los depósitos de cualquier institución del sistema financiero y las de la economía popular y solidaria que realicen intermediación financiera, que pongan en peligro la estabilidad o provoquen el cierre definitivo de la institución, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años’’.

 

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