27 feb 2020 , 06:38

Aprueban identificación de llamadas comerciales a celular

Arcotel anunció la resolución que busca que el cliente decida que llamadas recibir.

Una nueva normativa en Ecuador exige la identificación de las llamadas comerciales, publicitarias o proselitistas, de acuerdo con una resolución expedida por un ente público regulador, informó este jueves el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información.

 

La Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (Arcotel), adscrita al mencionado Ministerio, expidió una resolución destinada a "implementar la política para la identificación de llamadas de venta directa, informativas, comerciales, publicitarias o proselitistas que se realicen en las plataformas de las operadoras del Servicio Móvil Avanzado (SMA)".

 

De acuerdo con un comunicado del Ministerio, este tipo de llamadas solo podrán efectuarse a "quienes hayan dado su autorización previa y expresa".

 

Y exige a cada empresa que desee realizar este tipo de llamadas comerciales que gestione la respectiva autorización de sus clientes o usuarios, en cumplimiento de los parámetros aprobados por la entidad reguladora.

 

La norma estipula que operadoras del SMA, personas naturales o jurídicas que realicen llamadas con fines de venta directa, comercial, publicitaria o proselitista deberán utilizar números previamente identificados.

 

Para ello, se generará un número único por sector, de acuerdo con la actividad de las empresas.

 

Así para bancos, cooperativas, tarjetas de crédito y seguros, el identificador será "FINANZAS", mientras que para la actividad turística, oferta de paquetes, viajes, aerolíneas y similares, será "TURISMO".

 

En cuanto a la venta de diversos productos de uso personal, comida, libros, muebles, inmuebles y otros afines, el identificador será "VENTA", y para labores de proselitismo, "PROSELITISMO".

 

Las empresas que prestan servicio de telefonía móvil su identificación corresponderá a cada prestador del servicio, mientras que los números únicos podrán agrupar varios provenientes de los centros de llamada de las empresas o instituciones que pertenecen a cada sector.

 

Los números -agrega la nota-, deberán ser registrados en la Arcotel, para que la institución notifique a las operadoras del SMA y puedan realizar las acciones necesarias para la identificación de los generados.

 

Asimismo, las empresas pertenecientes al sector "Finanzas", deberán remitir a la reguladora oficial en un plazo de 90 días a partir de la publicación de la Resolución en el Registro Oficial, el listado de números de sus centros de llamada.

 

Además, tendrán que facilitar el número único con el que se gestionarán las llamadas comerciales, publicitarias o de venta directa.

 

El resto de los sectores involucrados en estas prácticas contarán con un período de 120 días a partir de la publicación oficial de la resolución.

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