19 sep 2019 , 07:28

Asamblea endureció sanciones contra maltrato animal

Las reformas al COIP incluyen la tipificación de la zoofilia.

Con el apoyo de 87 legisladores, la Asamblea Nacional aprobó este martes 17 de septiembre que se sancione con cárcel el maltrato animal en Ecuador, esto en el marco de la reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP). 

 

De entrar en vigencia este renovado COIP, quien provoque la muerte por maltrato de un animal podría enfrentar de uno a tres años de prisión. La sanción máxima que estipula la actual normativa en estos casos es de siete días de reclusión. 

 

Las reformas también incluyen la tipificación de la zoofilia, que en el actual reglamento no estaba considerada. Quien cometa este delito enfrentaría una pena privativa de libertad de seis meses a un año. Pero si el animal fallece enfrentaría hasta tres años de prisión.   

 

En cambio, las peleas de perros podrían ser sancionadas hasta con tres años de cárcel si se provocare la muerte del can. Si este no muere pero resulta con lesiones, la pena sería de seis meses a un año.  

 

También existirían sanciones por abandonar o maltratar animales sin causar lesiones. En el primer caso, la persona afrontaría de 20 a 50 horas de trabajo comunitario. En el segundo caso, de 50 a 100 horas. Ambas acciones fueron consideradas ahora como contravenciones.  

 

Estas reformas estarán sujetas a la revisión del Ejecutivo, que tiene un mes para pronunciarse luego de haber recibido el documento. De no tener ninguna objeción, la ley entraría en vigencia luego de su publicación en el Registro Oficial.  

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