13 ene 2014 , 06:20

Conozca lo que puede deducir en su proyección de gastos personales

Este documento deberá presentarse hasta el 31 de enero y servirá para rebajar su impuesto a la renta

Vivienda, salud, vestimenta, alimentación y educación son los rubros incluidos en la proyección de gastos deducibles para quienes ganan más de 867 dólares mensuales.

 

En vivienda, los gastos que se pueden incluir son: construcción, remodelación, ampliación, mejora, mantenimiento de la casa o departamento. También el pago del arrendamiento, condominio, interés de hipoteca y servicios básicos.

 

Si usted paga arriendo, debe presentar el contrato de arrendamiento para incluir los comprobantes de los servicios básicos.

 

En educación, los consumos deducibles son por: matrícula, pensiones, derecho de grado, útiles escolares

guardería, uniformes, transporte escolar, equipos de computación, e intereses de créditos educativos.

 

En el rubro de vestimenta, es deducible todo tipo de ropa, incluidos los pañales. En tanto, en alimentación se incluye los gastos relacionados con la adquisición de productos naturales o artificiales, así como compra de alimentos en restaurantes y supermercados. También son deducibles, las pensiones alimenticias, el agua y bebidas gaseosas, pero no las bebidas energizantes.

 

En salud son deducibles: honorarios médicos, servicio hospitalario, clínicas y laboratorios, medicina prepagada, deducibles de seguros médicos, medicamentos, insumos médicos, lentes y prótesis.

 

Por cada uno de los rubros, el monto máximo que se puede deducir es de 3 mil 383 dólares. Sin embargo, en salud, la cantidad máxima deducible es de 13 mil 533 dólares.

 

Recuerde tomar en cuenta todos estos rubros al momento de hacer su proyección de gastos personales Si pretende realizar este tipo de gastos, es indispensable guardar las facturas a su nombre y con su número de cédula de identidad.

 

El plazo para presentar esta información vence el 31 de enero.

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