01 sep 2016 , 10:40

Reformas al Issfa entran a primer debate en la Asamblea Nacional

Militares en servicio pasivo denuncian que no pudieron ingresar al parlamento.

El controversial proyecto de reformas a la Ley de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, Ley de Seguridad Social de la Policía Nacional y Ley de Pensiones de las Fuerzas Armadas, presentado por el Ejecutivo el 18 de julio pasado, entró este 1 de septiembre de 2016 al primer debate en el pleno de la Asamblea Nacional. Previo al inicio de la sesión de trabajo, un grupo de militares en servicio pasivo denuncia que fue impedido de ingresar al edificio legislativo; en tanto, militantes del movimiento oficialista Alianza PAIS ocuparon las barras que se encuentran al interior del parlamento.

 

 

Previamente, la presidenta del legislativo, Gabriela Rivadeneira, propuso un cambio del orden del día para definir un pronunciamiento frente a la destitución de la expresidenta de Brasil, Dilma RousseffLa resolución aprobada con 84 votos, "rechaza todas las formas de golpe de Estado o de desestabilización política que se puedan instaurar en nuestros países latinoamericanos".

 

Revise: Incidentes en sesión sobre cambios a pensiones militares y de policías

 

Lo que se debate

El documento define como seguro de retiro a la prestación que consiste en el pago de una pensión vitalicia en dinero asegurado que se separa de manera obligatoria mediante la baja del servicio activo en las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional. Para acogerse a esta prestación, se exige un mínimo de 20 años de servicio activo y efectivo en la institución, y cumplido con los requisitos establecidos en la Ley.

 

La base para el cálculo de las pensiones de retiro se determinará tomando en cuenta el promedio de los sesenta mejores haberes militares y policiales registrados hasta la fecha en que se produce la baja.

 

La pensión de retiro se determinará de acuerdo a la forma de cálculo establecida para la prestación de jubilación ordinaria de vejez del régimen general de seguridad social, y estará sujeta a los niveles máximos y mínimos establecidos en dicho régimen.

 

El asegurado en servicio activo que se invalida sin haber cumplido veinte años de servicio y acredite un mínimo de cinco años de servicio activo y efectivo en la institución, tiene derecho a una pensión de invalidez que se determinará considerando la base para el cálculo prevista para las pensiones de retiro.

 

Las pensiones que otorga el Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (Issfa) se incrementará al inicio de cada año en la misma proporción que la inflación promedio anual del año anterior. Igualmente las pensiones de retiro, invalidez y montepío que otorga el Isspol se incrementará de la misma forma.

 

Los miembros que se encontraren en servicio activo en la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas a la fecha de expedición de esta Ley reformatoria, podrán acceder a la prestación del seguro de retiro y efectivo en la institución.

 

En el documento, se recomienda el cambio de la denominación del documento por proyecto de la Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y la Ley de Seguridad Social de la Policía Nacional; así como la derogación de la Ley de 1961, que exige cambiar la estructura del proyecto que regule con claridad la seguridad social de la Policía y las Fuerzas Armadas.

 

La iniciativa del Ejecutivo contiene 15 artículos, 7 de los cuales reforman la Ley de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, 4 a la Ley de Seguridad Social de la Policía Nacional y 4 a la Ley de Pensiones de las Fuerzas Armadas.

 

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