11 abr 2016 , 01:27

Inicia el primer debate de las reformas tributarias

El techo a la salida de divisas y ajustes de impuestos son revisados desde este lunes.

Por: Teresa Menéndez Torres

Ecuavisa.com

 

 

Desde las 11H35 de este 11 de abril de 2016, se instaló el pleno de la Asamblea Nacional para revisar en primer debate el proyecto de Ley orgánica para el equilibrio de las finanzas públicas, más conocido como reformas tributarias.

 

La Comisión de Régimen Económico entregó el 8 de abril de 2016 el informe con algunos cambios, luego de una semana de análisis de la propuesta enviada por el Ejecutivo con el carácter de económico urgente. Entre esas modificaciones constan las exenciones en la importación de vehículos para personas con discapacidad. Se cambia el monto máximo exento de 50 a 60 salarios básicos unificados, es decir de 18.300 a 21.960 dólares.

 

 

Revise: Incluyen excepción en reforma tributaria sobre la salida de divisas

 

 

Otra de las novedades del documento es que a los tres salarios básicos unificados que puede llevar una persona que salga del país, sin pagar impuesto, es decir 1.098 dólares, se incrementa un salario básico unificado por cada menor de edad que viaje con el adulto, es decir 1.098 más 366 dólares.

 

La comisión realizó cambios, también, en el reajuste del impuesto a los cigarrillos de 1 a 2 centavos de dólar, según argumentó para cumplir con la recomendación de la Organización Mundial de la Salud, que señala que la carga tributaria debe ser por lo menos el 75% del precio de venta al público.

 

 

Lea: Reforma tributaria incluye impuesto a salida de más de 1.098 dólares

 

 

En la cerveza, se precisa que el incremento del ICE debe ser para la cerveza industrial, manteniendo el régimen actual para la cerveza artesanal. La Comisión extendió el beneficio que tiene la cerveza artesanal para los aguardientes artesanales de caña de azúcar respecto al incremento de la franja exenta de 4,28 a 8,56 dólares de la tarifa ad valorem, reformando el artículo 76 de la Ley de Régimen Tributario Interno, lo que representa una disminución del ICE.

 

También se fija en 25 centavos de dólar por litro el impuesto para las gaseosas, las bebidas no alcohólicas con contenidos mayores a 25 gramos de azúcar o su equivalente en edulcorantes artificiales, incluidas mezclas en polvo. Se exceptúa de esta disposición a los productos lácteos o sus derivados, así como a los jugos que tengan más del 50% de fruta natural.

 

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