04 oct 2013 , 12:46

Comisión de Asamblea aprobó informe del Código Penal

", "datePublished": "2013-10-07T12:55:00-05:00", "dateModified": "2013-10-07T12:55:00-05:00", "author": { "@type": "Person", "name": "Redacción", "url": "/metadatos/-/meta/redaccion" }, "publisher": { "@type": "Organization", "name": "Ecuavisa", "logo": { "@type": "ImageObject", "url": "https://www.ecuavisa.com/base-portlet/webrsrc/ctxvar/c2c3b2f6-1d72-4d98-b109-9d6cbecf69ec.png", "width": 321, "height": 60 } }, "image": { "@type": "ImageObject", "url": "https://www.ecuavisa.com/binrepository/900x600/150c0/600d600/none/11705/LKHR/comision_justicia_EC42737_MG1409379.jpg", "width": 1200, "height": 600 } }

El documento incluye sanciones a dirigentes deportivos por actos violentos que no sean denunciados.

Con siete votos a favor, la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional aprobó el informe del Código Penal, cuya decisión se conocerá tras la sesión plenaria, prevista para la próxima semana. Así lo dio a conocer el director de la radio del parlamento, Fabricio Vela, a través de su cuenta de twitter.

 

Los votos favorables corresponden a representantes de la bancada del movimiento oficial Alianza País, mientras que los tres votos en contra fueron de los partidos Social Cristiano y Pachacutik, y del movimiento Creo. La votación registró, además, una ausencia.

 

Entre las propuestas que incluye el proyecto del código consta sancionar con hasta 100 horas de trabajo comunitario a los dirigentes deportivos y de barras de los clubes participantes en los eventos, en donde se produzcan actos de violencia y que no los denuncien ante las autoridades. El documento lo establece como “contravensiones en escenarios deportivos y de concurrencia masiva”.

 

En el texto se incluye penas para las personas que causen lesiones a otras durante estos eventos.

 

El informe incluye la figura del "femicidio" para los casos de violencia contra las mujeres, y elimina la figura del 2x1 o rebaja de penas.

 

La Comisión, además, cambió la pena para el homicidio culposo por mala práctica profesional, que será sancionado con 3 a 5 años de reclusión; y estableció sanciones diferenciadas, según el área laboral, para empleadores que no afilien a sus trabajadores al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

 

La sesión duró aproximadamente tres horas.

 

Noticias
Recomendadas