08 may 2017 , 12:45

Comisión legislativa aprueba informe de Código de Entidades de Seguridad

Uso de armas de un nuevo Servicio de Protección Pública confrontó criterios en comisión.

ACTUALIZADO A LAS 14H00 DEL 8 DE MAYO DE 2017

 

 

Luego de varias horas de debate, la Comisión de Relaciones Internacionales de la Asamblea Nacional aprobó este 8 de mayo de 2017 el proyecto del Código de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público. La aprobación del documento se hizo libro por libro, la propuesta contiene 4 libros.

 

 

La creación del Servicio de Protección Pública (SPP), contemplado en el libro III, concentró la gran parte del debate al interior de la comisión legislativa, sobre todo el uso de armas por parte de quienes integrarían dicho Servicio de Protección Pública. Algunos miembros de la comisión consideran inconstitucional la creación de esta agrupación con personal civil.

 

El legislador Diego Salgado, uno de los integrantes de la comisión, quien votó en contra del libro III, indicó en su cuenta de Twitter que se prevé para este jueves el segundo debate del proyecto. Pero luego se difundió una convocatoria de sesión del pleno para el 10 de mayo de 2017, a las 15H30.

 

 

 

 

 

Los integrantes de la comisión se tomaron un receso para retomar el análisis y posterior aprobación del informe base para el segundo debate en el pleno legislativo.

 

Este debate se venía desarrollando desde hace una semana, inclusive la comisión se reunió el sábado 6 de mayo para revisar el proyecto. En esa última sesión, María Augusta Calle, presidenta de la comisión legislativa, reiteró que el uso de armas está debidamente regulado por la Ley y que, si es necesario que alguno de los servidores de esta nueva institución porte armas, tendrá que solicitar la autorización del Ministerio de Defensa.

 

En paralelo, el presidente de la República, Rafael Correa, dispuso mediante decreto ejecutivo No. 1369, del 3 de mayo de 2017, "proporcionar de ser necesario protección y seguridad a los expresidentes y exvicepresidentes de la República, a sus cónyuges e hijos por un período de un año y seis meses, respectivamente".

 

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