02 oct 2012 , 11:11

Cómo afecta a los ciudadanos la eliminación de Central de Riesgos

Con 100 votos a favor y 17 abstenciones, hoy la Asamblea Nacional aprobó el proyecto de ley Derogatoria a la Ley de Burós de Información Crediticia y Reformatoria a la Ley del Sistema Nacional del Registro de Datos Públicos. Con ello, se elimina la Central de Riesgos.

Con 100 votos a favor y 17 abstenciones, hoy la Asamblea Nacional aprobó el proyecto de ley Derogatoria a la Ley de Burós de Información Crediticia y Reformatoria a la Ley del Sistema Nacional del Registro de Datos Públicos. Con ello, se elimina la Central de Riesgos.

Con la aprobación de este proyecto, propuesto por el asambleísta Fernando Vélez (aliado de Alianza PAIS), el 75% de deudores de la banca cerrada saldrá de la Central de Riesgos. Además, no pagarán intereses quienes deban menos de 5.000 dólares. Según el asambleísta Ramiro Terán, es menos del 1 por ciento del monto total de las acreencias que tiene que recuperar el Estado.

Los deudores que caigan en mora por más de seis meses y decidan pagar una parte de su obligación, también se beneficiarán de la reforma que ordena que ese aporte se reste del  capital y no de los intereses, como hasta hoy sucede en el sistema financiero

Hasta ahora en Ecuador a los deudores de cualquier monto no se les permitía ser sujetos de créditos. Si estaban casados y su pareja estaba en la central de riesgos, ninguno de los dos podía acceder a crédito alguno en la banca nacional.

En lugar de la Central de Riesgos, en un año se prevé crear el Registro de Datos Crediticios, el cual dependerá de la Dirección de Datos Públicos. Para ello, la Superintendencia de Bancos establecerá un sistema de registro, denominado Central de Riesgos que permita contar con información individualizada debidamente consolidada y clasificada sobre los deudores principales de las instituciones del sistema financiero ecuatoriano.

Para que ello funcione, el Registro de Datos Crediticios prestará el servicio de referencias crediticias basado en el análisis de historial de cumplimientos de obligaciones de carácter crediticio de las personas. En caso de atraso en los pagos, se cobrará un interés por mora equivalente a la tasa legal pactada incrementada en un 10%. Además, en reconocimiento al servicio de gestión de cobranzas realizado, se deberá cancelar el 10% del valor de la cuota vencida.

Para mantener actualizado el Registro Crediticio, la información tiene que contener como mínimo los siguientes parámetros: deberá incluirse la fecha en la cual se originó la obligación, la fecha desde la cual la misma es exigible, la fecha de pago, el monto del capital a la fecha, el monto de interés devengado a la fecha del reporte, el monto del interés de mora; y el estado en que se encuentra el crédito, incluyendo si está en proceso de reclamación administrativa o proceso judicial.

El proyecto plantea que las Superintendencias podrán acceder en todo momento a los datos contenidos en el Registro Crediticio para cumplir sus deberes y obligaciones establecidos en la Constitución y la ley, subrayó Francisco Velasco.

Este proyecto debe ir ahora al Presidente de la República para su sanción definitiva. Los propios asambleístas de PAIS confían en que no habrá veto.

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