11 feb 2019 , 12:02

Contraloría sanciona con destitución a Hermuy Calle

Según examen especial, el asambleísta usó instalaciones públicas para actos proselitistas.

ACTUALIZADO A LAS 16H30 DEL 11 DE FEBRERO DE 2019

CON REACCIÓN DEL ASAMBLEÍSTA SANCIONADO

 

La Contraloría General del Estado estableció sanción con destitución del asambleísta de la Revolución Ciudadana por Chimborazo, Hermuy Calle. Así lo informó este 11 de febrero de 2019, el contralor subrogante Pablo Celi.

 

 

"Hubo un requerimiento de investigación, a partir de los cual se efectuó un examen especial respecto de un evento, con carácter proselitista y partidario, usando el nombre de la Asamblea Nacional cuando no era un evento oficial de la Asamblea", explicó el funcionario del organismo de control.

 

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Celi señaló que, una vez concluido el examen, las investigaciones y establecidas las responsabilidades, comunicó al poder Legislativo el resultado de ese examen y también la determinación de una responsabilidad con destitución para el asambleísta Hermuy Calle. "Una Asamblea de la entonces agrupación en formación, la que adherida el asambleísta Calle, en la universidad de Chimborazo", respondió el contralor subrogante al consultarle de qué evento se trataba.

Las declaraciones de Celi se dieron en el marco del convenio firmado entre Contraloría y el Consejo Nacional Electoral (CNE) sobre el control del uso de recursos públicos durante la campaña electoral de los comicios seccionales del 24 de marzo de 2019.

 

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Ante esta sanción, Calle aclaró que la actividad se realizó en mayo de 2018, cuando no había campaña ni elecciones. "No había ningún tipo de elecciones ni campaña, fue una reunión interna de mi agrupación para socializar temas organizativos".

Asimismo, sostuvo que apeló la decisión ante la instancia correspondiente. "En el Tribunal Contencioso Administrativo se demostrará lo absurdo y desproporcionado de la petición de sanción de la Contraloría".

 

 

Una vez detectada la irregularidad, la Asamblea debe dar trámite al tema, teniendo la competencia directa de sancionarlo con la eventual destitución.

 

 

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