18 may 2018 , 12:23

Niegan acción de protección de ex defensor del Pueblo

La audiencia inició pasadas las 07H30 de este viernes en el Complejo Judicial en Quito.

El Tribunal de Garantías Penales, integrado por los jueces Luis Oswaldo Manosalvas, Juan Carlos Méndez e Ipatia Costales, declaró improcedente la Acción de Protección presentada por el ex defensor del Pueblo, Ramiro Rivadeneira.

 

El exfuncionario buscaba que se deje sin efecto la resolución que lo cesó en el cargo, y se lo reintegre a sus funciones. A inicios de mayo, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social lo cesó del cargo como parte del proceso de evaluación a la entidad que representaba.

 

La audiencia inició pasadas las 07H30 de este viernes en el Complejo Judicial norte en Quito. A la cita asistió el presidente del Consejo de Participación, Julio César Trujillo, acompañado por ciudadanos que respaldan su gestión.

 

Por su parte, Rivadeneira alegó que no quiso someterse a la evaluación porque antes de que inicie ese proceso, Trujillo había calificado de forma negativa a las autoridades de las entidades.

 

Una vez que los jueces escucharon a las partes, determinaron que “no se ha demostrado la existencia de violación a garantías constitucionales”, por lo que se declaró improcedente la Acción de Protección.

 

El Dr. Darwin Seraquive, Secretario General (e) del CPCCS-T argumentó que “el propio exdefensor reconoció por escrito que no se somete al proceso de evaluación, por tanto, impidió al Consejo cumplir con un mandato, con una norma constitucional y seguir con las siguientes etapas del proceso de evaluación. Él no utilizó los recursos que le correspondían de acuerdo con el mandato”, dijo, al justificar la resolución del CPCCS-T de cesarlo en el cargo.

 

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