10 abr 2017 , 01:37

CNE aprueba resultados de segunda vuelta tras recuento de 296.340 votos

El Consejo Nacional debe notificar a las organizaciones políticas resultados oficiales.

Luego de casi 3 horas de Audiencia Pública Nacional Escrutinios, el pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó este 10 de abril de 2017 los resultados oficiales de la segunda vuelta, del 2 de abril de 2017. Esto, luego del recuento de 296.340 votos, según lo informó el presidente del organismo, Juan Pablo Pozo.

 

"Pudimos comprobar que el 100% de las actas tienen la firma de presidente y de secretario; adicionalmente, pudimos verificar que de esas actas, el 85.48%, 1.007 de 1.716 actas, tiene la firma de todos los delegados de las juntas receptoras del voto", manifestó Pozo ante los delegados de ambas organizaciones políticas: alianza CREO-SUMA y movimiento Alianza PAIS.

 

De esta forma, el organismo electoral aprobó los siguientes resultados:

  • 12'811.698 electores
  • 40.971 juntas
  • 10'637.996 sufragantes
  • 69.868 blancos
  • 672.234 nulos
  • Guillemo Lasso: 4'833.828 votos, 48.85%.
  • Lenín Moreno: 5'060.424 votos, 51.15%

 

 

Además: Se ratifican resultados en 5 provincias tras concluir recuento de votos

 

 

No obstante, Pozo recordó que las organizaciones políticas pueden presentar las reclamaciones que les faculta la ley. "A este proceso electoral, conforme al Código de la Democracia, les quedan expeditas impugnaciones y apelaciones que se presenten luego de que el CNE haga la notificación respectiva. Podemos hacer el recuento de votos en todo el país, pero amparado en la ley, en el artículo 138".

 

Previa a la aprobación de los resultados, el secretario del CNE, Fausto Holguín, sostuvo que no les ha llegado ningún tipo de recurso, por lo que se aprobaron las actas de las 24 provincias y de las 3 juntas en el exterior, así como de la totalización de los resultados.

 

Pero para Fausto Camacho, uno de los delegados de la alianza CREO-SUMA presentes en la audiencia, tiene dudas aún. "Se nos hubieran entregado los resultados electorales de las distintas provincias, desagregados por juntas receptoras del voto, para poder ejercer el derecho a reclamar. Cómo una organización política cualquiera que esta sea puede ejercer su derecho si lo único que tiene es un resumen del resultado, que es el documento que contempla la ley, contra qué compara".

 

Mientras que Álvaro Sáenz, delegado por AP, cree que la oposición no tiene argumentos para sus reclamaciones. "Una anomalía estadística no es un argumento para reclamación, empiezan hablando de pocos votos en blanco y parten de un promedio poco menos del 1%, no es más que un dato al cual lo acompaña dispersión, pero acá simplemente se coge un número, entonces todas las actas que tengan de 5 votos para abajo protestemos".

 

Luego de esta aprobación, el CNE debe notificar a las organizaciones políticas los resultados oficiales.

 

 

 

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