22 nov 2017 , 02:09

Cámaras de Comercio creen que la exoneración del anticipo del Impuesto a Renta no es suficiente

Quienes tienen ventas o ingresos de hasta 500 mil dólares tendrán una rebaja del 100%.

El Decreto Ejecutivo 210, que establece la exoneración del anticipo del Impuesto a Renta, fue firmado por el Presidente Lenín Moreno, con fecha del lunes 20 de noviembre y emitido al día siguiente.

 

En el decreto se define rebajar el pago del saldo del anticipo del Impuesto a la Renta para el periodo 2017 a personas naturales y sociedades, en distintos porcentajes.

 

Así, quienes tienen ventas o ingresos de hasta 500 mil dólares tendrán una rebaja del 100%, si esas ventas o ingresos van de 500 mil dólares a 1 millón, la rebaja será del 60% y si los montos superan el millón de dólares la rebaja será del 40%.

 

En la Cámara de Comercio de Guayaquil, que ha venido impulsando el criterio de renta ganada, renta pagada, hay satisfacción a medias: "Creemos que es un gran avance, pero creemos también que hay que respetar los principios tributarios de este país, es decir, debe haber generalidad", aseguró Juan Carlos Díaz-Granados, director ejecutivo de la Cámara de Comercio de Guayaquil. 

 

En la Cámara de Comercio de Quito, su titular, Patricio Alarcón, también expuso su criterio, él aseguró que es una buena señal, pero también dice que no es suficiente: "la mayoría de empresas ya han pagado el anticipo de impuesto a la renta porque se paga en junio y en septiembre. No me queda claro por qué esto no entra como una reforma a la ley tributaria y ahí tal vez para los próximos años existiría un beneficio", comentó Alarcón. 

 

La expectativa de los sectores productivos es que se tome una medida radical y definitiva en relación al cobro del anticipo del impuesto a la renta.

 

El decreto dispone que de la aplicación del mismo se encargue el Servicio de Rentas Internas (SRI).

 

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