23 ene 2014 , 10:37

Gustavo Petro: el 30 de enero dejo de ser Alcalde

Un tribunal de Cundinamarca negó tutela presentada por un ciudadano, que exigía derechos de Petro.

En su discurso desde el balcón de la Alcaldía de Bogotá, Gustavo Pedro indicó textualmente: "El 29 de enero, el Procurador, desacatando e irrespetando al juez, saca su edicto o finaliza su edicto y de allí pasa al Presidente, y yo la verdad creo que no se va a demorar un día en firmar, es decir, que el 30 este Alcalde sale por esa puerta y deja de ser Alcalde".

 

Acto seguido, el funcionario aseguró que no se aferrará al cargo. "Ya nuestros irrespetuosos creen que voy a poner una trinchera, que vamos a poner fusiles aquí, que vamos a resistir violentamente la arbitrariedad, no nos conocen, creen que yo me estoy aferrando al cargo seguro porque necesito el sueldo, que si lo necesito porque no me he robado ni un peso, pero no me aferro a un cargo, esto no es un problema de un cargo es el problema de la democracia".

 

El burgomaestre también se refirió a los miembros del carrusel de la contratación. "El país no hubiera conocido del señor Emilio Tapia si el senador Gustavo Petro no lo hubiera denunciado. Manuel Sánchez, Álvaro Dávila, Jaramillo y otros, no vamos a mencionar nombres propios por ahora, en esos cocteles tomando whisky planificaban, no solamente cómo robarse la ciudad de Bogotá, cómo robarlos a ustedes, cómo robarnos a nosotros, sino planificaban sus estrategias para sobrevivir como contratistas de la ciudad".

 

Niegan tutela en caso Petro

Con ponencia de la magistrada Carmen Alicia Rengifo, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó la tutela instaurada por el ciudadano Diego Ramos Díaz, quien en su calidad de desplazado argumentó que "eligió al señor Gustavo Petro como alcalde de Bogotá y al elegirlo le impusieron un mandato. Que si el Alcalde Mayor estaba cometiendo vías de hecho o fraudes económicos y sociales el ente encargado de investigarlo es la Fiscalía General de la Nación y la Contraloría General de la República".

 

El ciudadano tuteló los derechos fundamentales al debido proceso, a la democracia y a la libre elección por voto popular y, en consecuencia, solicitó mediante este recurso se levantara la destitución e inhabilidad impuesta contra Gustavo Petro.

 

En respuesta, el Tribunal declaró "la falta de legitimación en la causa por activa del señor Diego Ramos Díaz", por cuanto al realizar una consulta a la Registraduría Nacional del Estado Civil se comprobó que esta persona tiene inscrita su cédula para ejercer el derecho al voto en el municipio de La Plata (Huila), desde septiembre del 2011 y solo hasta el 9 de enero de este año la inscribió en Bogotá, específicamente en el barrio 20 de Julio.

 

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