14 nov 2014 , 08:43

Arias: no existe un control por fases de la Corte Constitucional a la Asamblea

14 de noviembre. La vicepresidenta de la comisión ocasional de las enmiendas aclaró este aspecto.

“El único control constitucional que existe es el posterior, luego de aprobarse las enmiendas constitucionales, no existe un control por fases o un control constitucional permanente de la Corte a los actos que realicemos en la Asamblea Nacional”. Así lo manifestó Verónica Arias, vicepresidenta de la comisión ocasional de la Asamblea Nacional, conformada para analizar el tratamiento que se le dará a 16 enmiendas constitucionales.

 

Durante su entrevista en el programa Contacto Directo, recordó que en el dictamen de la Corte Constitucional consta que la Asamblea Nacional informará a la Corte sobre cualquier acto normativo o administrativo con efectos generales adoptados en el marco del cumplimiento de ese dictamen. “No se trata de un control constitucional, sino de un acto informativo, y en este sentido, ya hemos informado a la Corte sobre la conformación de la comisión ocasional, con 11 legisladores”.

 

“La acción de inconstitucionalidad se la puede activar a petición de la ciudadanía, la Corte Constitucional no puede de oficio hacer un control constitucional luego de que la Asamblea Nacional haya aprobado las enmiendas constitucionales, porque el control se activa únicamente como una acción de inconstitucionalidad por la forma, no existe demanda o un control de inconstitucionalidad por el fondo”, explicó la asambleísta.

 

Asimismo, indicó que la comisión ocasional tiene una ardua tarea de recoger los criterios, aportes y observaciones, no solo de los legisladores sino de la ciudadanía. “Durante los 13 meses que tenemos para aprobar el informe para segundo debate estaremos realizando un proceso de difusión y recogiendo los criterios de los ciudadanos en las diversas provincias del país”, enfatizó.

 

Vea la entrevista completa en el video adjunto a la nota

 

Noticias
Recomendadas