13 may 2015 , 02:57

Nuevo Código General de Procesos agilizará el servicio de justicia, según Jalkh

El cuerpo legal entrará en vigencia en los próximos días con la publicación en el registro

El presidente del Consejo de la Judicatura, Gustavo Jalkh, resaltó la aprobación definitiva del Código Orgánico General de Procesos que implementará la oralidad procesal en el Ecuador en todas las materias para agilitar el servicio de justicia.

 

En el cuerpo legal se incluyeron varias competencias para los notarios, como por ejemplo, el trámite para el divorcio por mutuo consentimiento.

 

Una vez que la Asamblea se allanó este martes a 67 objeciones presentadas por el Ejecutivo al Código, el cuerpo legal entrará en vigencia en los próximos días con la publicación en el registro oficial.

 

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“De esta manera tanto actor como demandado, tienen mejores posibilidades de tener un juicio justo, un juicio ágil y serio, y los administradores de justicia, los jueces podrán garantizar de esta manera una administración de justicia muchísimo más rápida”, señaló Jalkh.

 

Además manifestó que el nuevo Código fortalecerá los métodos alternativos de solución de conflictos. Por ejemplo, en jurisdicción voluntaria, se implementó 22 nuevas competencias a los notarios como el divorcio por mutuo consentimiento: “Siempre que no hayan hijos dependientes, hoy por hoy podía hacerse ante el notario o ante un juez, un juez que tiene una carga laboral muy alta, un juez que necesitará ahora más tiempo para estar en las audiencias”. 

 

En este punto, los notarios podrán tratar procesos que no contemplan conflictos sino que sean meros trámites. Por ejemplo en el tema de las herencias cuando hay acuerdo entre las partes, participará el notario, pero si no hay acuerdo, iniciará un juicio y será competencia de los jueces.

 

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En el cuerpo legal se ratificó la prohibición de grabar y difundir las diferentes audiencias que se realizan en los juzgados y cortes del país,  como lo aclaró el vocal del Consejo, Nestro Arbito: “La información de las audiencias no es publicitable, yo no puedo grabar la audiencia y luego salir a mi medio de comunicación y trasmitirlo, porque eso es derecho de la parte procesal. Por eso hay la norma expresa que dice que respecto a la grabación emitida en la audiencia, solo podrán obtener copias las partes procesales bajo su responsabilidad de difusión”. 

 

En 180 días entrará en vigencia la normativa específica relacionada con disposiciones que regulan el remate de bienes que actualmente no garantiza participación ciudadana y transparencia. Con el Código, señaló, se aplicará un sistema informático para presentar ofertas a nivel nacional a través de la web.

 

Los vocales del Consejo de la Judicatura señalaron que los integrantes de la función judicial están capacitándose para implementar los cambios en el sistema y que han destinado 2 millones de dólares para este propósito. 

 

 

 

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