19 mar 2019 , 02:49

¿Quiénes ejercen el voto facultativo?

Del padrón electoral, 669.000 ciudadanos tienen entre 16 y 18 años.

La Constitución del Ecuador y la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas (Código de la Democracia) establecen que el voto será facultativo para:

  • Las personas entre 16 y 18 años
  • Las personas mayores de 65 años
  • Las ecuatorianas y ecuatorianos que habitan en el exterior
  • Los integrantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional
  • Las personas con discapacidad.

Uno de los votos decisivos es el facultativo, ya que representa un gran número de población y puede llegar a definir las elecciones. Del universo de electores que constan en el padrón electoral, el 25% corresponde a estos ciudadanos. De ellos, 669.000 electores tienen entre 16 y 18 años.

 

A las personas que ejercen el voto facultativo no se les exige la presentación del certificado de votación. Así mismo, a las personas que se encontraban en interdicción judicial, es decir que tenían sentencia ejecutoriada que les condenaba a pena privativa de libertad a la fecha de las elecciones. 

 

Estas personas se acreditarán con la presentación de la cédula de identidad, pasaporte, carnet del Consejo Nacional de Discapacidades, credencial que acredite ser miembro activo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional y sentencia judicial o boleta de excarcelación, es decir no necesitan presentar el certificado de votación.

 

 

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