14 dic 2017 , 10:16

Contraloría pide revisar actuaciones de juezas sobre dictamen de consulta popular

Hay preocupación por una presunta tardanza deliberada en la emisión de informe.


El contralor subrogante Pablo Celi pidió a la Corte Constitucional (CC) revisar la actuación de las juezas Tatiana Ordeñana y Marien Segura, que eran las encargadas de elaborar el proyecto de dictamen sobre las preguntas de la consulta popular, que finalmente convocó el Consejo Nacional Electoral (CNE) para el 4 de febrero de 2017. 

 

Según aseguró el mandatario Lenín Moreno el 4 de diciembre de 2017, “esperamos 58 días que la Corte Constitucional (CC) se pronuncie sobre las preguntas de la consulta popular, me vi obligado a emitir los decretos 229 y 230 (…)  En varios de mis mensajes anteriores pedí a la Corte Constitucional, que cumpla con su obligación en los tiempos previstos. No lo hicieron, por ello, nos sujetamos al marco legal vigente”. 
 

El oficio fue remitido por el contralor subrogante al presidente de la Corte Constitucional, Alfredo Ruiz, con fecha 7 de diciembre.   

 

Celi señala que el conocimiento y sustanciación de las preguntas de la consulta popular, enviada por Moreno, estuvo bajo responsabilidad de las juezas Tatiana Ordeñana sierra y Marien Segura Reascos.  

 

Según Celi, el jefe de Estado, en los decretos ejecutivos a través de los cuales envió directamente la consulta popular al CNE, pidió a la Contraloría que analice eventuales sanciones administrativas.   

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Lea: CNE asegura que “nada ni nadie” detendrá la consulta popular del 4 de febrero de 2018

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El miércoles el presidente de la Corte Constitucional le respondió al contralor a través de un oficio y le comunica que su pedido será puesto a consideración del Pleno. 

 

El titular de la CC no especificó una fecha. Esta respuesta de Alfredo Ruiz fue remitida con copia al jefe de Estado.     

 

El contralor subrogante aclara al presidente de la CC que le "corresponde al Pleno de la Corte Constitucional actuar de conformidad con lo dispuesto en el número 7 del artículo 191 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales”. 

 

El inciso de este artículo dispone al Pleno "ejercer la función disciplinaria respecto de la actuación de las juezas o jueces de la Corte Constitucional y sancionar de conformidad lo establecido en esta ley”. 

 

El acto administrativo tiene que ver con la cesación de funciones de los jueces de la CC; en este caso, "por incurrir en culpa inexcusable en el cumplimiento de los deberes inherentes a su cargo".

 

Temas
Noticias
Recomendadas